- El programa KIT Digital, consiste en un plan de ayudas pensado para pymes y autónomos que necesitan financiación para digitalizar su negocio.
- La cuantía es de hasta 12.000€ en el caso de empresas de tamaño grande.
- Subvención cofinanciada por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por el Plan europeo Next Generation EU.
Te ayudamos a implementar tu Programa Kit Digital Valencia
Somos una Agencia de marketing digital en Valencia que presta servicios Kit Digital, Ayudas a la Digitalización de tu Negocio
Programa Kit Digital Valencia
1. Informe de autodiagnóstico
Realizaremos por ti el informe de la situación de partida de la digitalización de la empresa.
2. Creación del Plan de Marketing Digital
Analizamos tu potencial en los canales digitales de acuerdo a tus productos/servicios, cliente ideal y coste de adquisición de clientes potenciales.
3. Desarrollo de webs y tiendas online
Ideamos, diseñamos y desarrollamos tu nueva web en un tiempo récord. Tu solo cuéntanos tu idea y nosotros la perfilamos y la llevamos a cabo.
4. Posicionamiento SEO
Elaboramos un estudio de posicionamiento SEO, la viabilidad, coste de oportunidad y lo ejecutamos. Además, somos agencia experta en linkbuilding.
5. Redes sociales
Ejecutamos tu plan de contenidos en redes sociales.
Listado de Precios
Web corporativa
desde 2000€
Comercio electrónico. Tienda online
desde 3000€
Redes sociales
desde 250€/mes
Presencia en Internet Básico. SEO On Page
desde 300€
Presencia en Internet. SEO avanzado
desde 250€/mes
*Estos precios son estimativos y pueden variar según la personalización de las mismas. +IVA del 21%.
Preguntas Frecuentes
¿En qué consiste el programa Kit Digital para empresas?
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España consiste consiste en un serie de ayudas desarrolladas por el Ministerio de Asuntos Económicos y de Transformación Digital, que canaliza los fondos Next Generation EU destinados por Europa a reparar los daños provocados por la crisis del COVID-19.
Entre los programas desarrollados con tal fin se encuentra el denominado programa Kit Digital pretende impulsar la digitalización de autónomos y pymes con el objeto de permitir su recuperación económica.
Para ello se han destinado más de 3.067 millones de euros que las empresas tendrán acceso hasta un importe máximo de 12.000€
¿Quién puede solicitar el programa Kit Digital para pymes?
Podrán solicitarlo aquellas empresas en Valencia y en todo el territorio nacional de hasta 50 trabajadores. En función, del número de trabajadores se asiganará una cuantía máxima de subvención para cada uno de los servicios de digitalización tal y como se detalla en la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU (Programa Kit Digital).
No están incluidos las Uniones Temporales de Empresas (UTES), las Comunidades de Bienes y las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores en los términos previstos en la normativa aplicable.
¿Quién no puede solicitar el bono del Kit Digital?
No están incluidos las Uniones Temporales de Empresas (UTES), las Comunidades de Bienes y las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios ni los autónomos colaboradores en los términos previstos en la normativa aplicable.
¿De qué cuantía son las ayudas a empresas de Kit Digital?
1. Las ayudas serán disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción soluciones digitales disponibles en el mercado cuyas referencias estén incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa regulado en el artículo 12.
2. Se concederá mediante la correspondiente resolución administrativa del órgano concedente (cuyo derecho al cobro se denomina a los efectos de estas bases y de las sucesivas convocatorias, «bono digital»), cuya efectividad estará sujeta a su correcta justificación) por las siguientes cuantías:
- Segmento I. Pymes de entre 10 y 49 empleados: 12.000 €
- Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y 9 empleados: 6.000 €
- Segmento III. Pequeñas empresas o Microempresas de 1 y 2 empleados y personas en situación de autoempleo: 2.000 €
3. Se otorgará una única subvención pública por beneficiario entre todas las convocatorias del Programa, salvo que en estas se permita un número superior.
4. Los beneficiarios abonarán el precio de las soluciones de digitalización que contraten, dentro de las incluidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa, mediante la cesión, parcial o total, del derecho al cobro de la subvención concedida («bono digital») a los Agentes Digitalizadores Adheridos, que tendrán la obligación de aceptarla. Esta cesión del derecho al cobro de la subvención pública concedida se pactará, por los importes correspondientes, en los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización, mediante su formalización, de conformidad con el artículo 30 de esta Orden.
En el caso de marketing digital, ¿qué me puedo bonificar?
Los servicios de marketing digital que te puedes bonificar con el bono digital son:
- Desarrollo del Sitio web y Posicionamiento orgánico básico: hasta 2000€.
- Desarrollo de una Tienda online: hasta 2000€.
- Gestión de Redes sociales: hasta 2.500€.
- Posicionamiento SEO avanzado: hasta 2.000€
¿Qué requisitos tengo que cumplir para conseguir mi bono digital?
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas mínimis (de pequeña cuantía).
- Mantener la solución subvencionada durante al menos un año desde la concesión de la misma.
¿Kit Digital que incluye?
El programa Kit Digital incluye las siguientes soluciones:
- Sitio web.
- Presencia avanzada en internet.
- Gestión de redes sociales.
- E-commerce.
- Marketplace.
- Ciberseguridad.
- Gestión de clientes.
- Gestión de procesos.
- Facturación electrónica.
- Servicios y herramientas de oficina virtual.
- Ciberseguridad.
- Comunicaciones seguras.
¿Qué me incluye y no me incluye cada solución digital?
¿Cómo conseguir la ayuda del Kit Digital?
Para poder conseguir la ayuda Kit Digital hay que seguir los siguientes pasos:
- Registrarse en la página web www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico.
- Solicitar la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es), completando todos los pasos del formulario
- Fase pendiente de publicación de convocatorias. El plazo de presentación de solicitudes será al menos de tres meses desde la publicación de la correspondiente convocatoria o hasta el agotamiento del crédito presupuestario de la convocatoria. Las convocatorias determinarán el segmento o los segmentos de beneficiarios que podrán solicitar la subvención pública correspondiente. Según informa el Ministerio, está previsto que la primera convocatoria de ayudas, vea la luz a principios de 2022, se destine a pymes de entre 10 y 49 empleados y cuente con un presupuesto de 500 millones de euros.
- Acceder al catálogo de agentes digitalizadores y escoger el agente con quién desarrollar la solución digital: Fase pendiente de anuncio de Adhesión.
Ponerse en contacto con los agentes digitalizadores y suscribir el Acuerdo de Adhesión que recogerá las características/funcionalidades a implementar, su plazo de ejecución o desarrollo, la entrega, las obligaciones entre ambos y para con el Programa y el importe del “bono digital” aplicable. - Plazo máximo de 6 meses para la firma de los Acuerdos desde que se les notifique la concesión del “bono digital”.
- El Agente Digitalizador Adherido procede a la prestación de la solución de digitalización. Durante la prestación de la solución digital, el Agente Digitalizador Adherido, en nombre del beneficiario, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas consistente en la documentación exigida y las demás pruebas admitidas en derecho, en su caso.
- El pago de la prestación se realizará por el beneficiario mediante la cesión al Agente Digitalizador Adherido de la parte del «bono digital» asociado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización suscrito, y abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionados.
- Una vez esta sea comprobada y verificada, el Agente Digitalizador Adherido recibirá el pago por el importe del “bono digital” correspondiente a la ayuda asociada al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización suscrito.
¿Qué datos se necesita para solicitar la ayuda Kit Digital?
Los datos que necesitarás para solicitar la ayuda dentro del plazo de convocatoria son:
- Certificado digital de la empresa.
- Nombre de la empresa.
- CIF.
- Dirección de la empresa.
- Teléfono e email de la persona de contacto dentro de la empresa.
- Contraseña de acceso al Kit Digital.
- Justificación de fondos MINIMIS recibidos (cuantía total).
¿Si soy autónomo puedo pedir la ayuda KIT Digital?
Sí, si que puedes solicitar tu Kit Digital. La cuantía máxima en el caso de autónomos de tu bono digital será de 2.000€.
¿Tiene algún coste?
Suscribirse a la ayuda es gratis pero, es obligatorio y se requiere justificar, las facturas de las acciones previamente para recibir la financiación antes de la fecha de inscripción al plan. Todo esto se refleja en un documento que se debe cumplimentar y que nosotros podemos hacer por ti.
¿Qué es una mejora funcional?
Podrán destinarse estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional. Para considerarse mejora funcional, deberá cumplir los siguientes requisitos:
- La solución debe ser completamente nueva y cumplir todos los requisitos mínimos de la categoría a la que pertenece, conforme al Anexo IV de las Bases Reguladoras.
- Que la solución sustituida no cumpliera con alguno de los requisitos mínimos exigidos en la misma categoría de solución de digitalización correspondiente.
No se considerará mejora funcional:
- Ningún desarrollo, progreso, aumento o enriquecimiento de los servicios y funcionalidades de la solución existente.
- Actualización de versiones de software por el proveedor, esto es, releases que el proveedor saque sobre una versión.
- Upgrades o mejora de versiones.
¿Cuándo puedo solicitar mi bono digital?
Cada segmento de empresa, es decir en función del tamaño de la empresa, se lanzará una convocatoria para solicitar la ayuda. La primera convocatoria está prevista para el próximo 15 de marzo donde las empresas entre 10-50 años podrán realizar su solicitud.
¡Ojo! porque las ayudas se concederán de forma directa, bajo el único criterio de orden de presentación de solicitudes y en disposición de crédito suficiente, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos.
Somos Agente Digitalizador en Valencia
Si quieres saber si tu empresa puede acceder a las ayudas del programa Kit Digital y que te guiemos en la solicitud, déjanos tus datos y te llamaremos